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Suvipuerto se pondrá en contacto con los inquilinos de viviendas municipales con pensiones no contributivas que pueden beneficiarse de una ayuda al alquiler

El teniente de alcalde delegado de Vivienda y vicepresidente de la empresa municipal Suvipuerto, Antonio Jesús Ruiz, ha valorado de forma “positiva” la ayuda establecida en Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.

Ruiz ha recordado que “mostramos nuestra disconformidad cuando el Gobierno central retiraba las ayudas a la emancipación al entender que con ello se perjudicaba  a los jóvenes” y ha añadido que “al menos, la medida aprobada ahora va en la línea de apoyo a un sector de la población que cuenta con pocos recursos económicos”.

El vicepresidente de Suvipuerto ha informado de que la empresa municipal llevó a cabo un estudio de sus inquilinos para analizar la situación y comprobar cuántos podían beneficiarse de esta ayuda.

Según las estimaciones realizadas, al citado complemento de pensión no contributiva destinado al alquiler “se van a poder beneficiar en torno al 16% de los redientes del parque municipal de viviendas”. El personal de Suvipuerto citará a los beneficiarios para tramitar la ayuda y poder asesorarles.

La cuantía establecida por el Gobierno central está recogida en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, donde se establece un complemento de pensión fijado en 525 euros anuales, para el pensionista que acredite fehacientemente carecer de vivienda en propiedad y tener, como residencia habitual, una vivienda alquilada al pensionista cuyo propietario no tenga con él relación de parentesco hasta tercer grado, ni sea cónyuge o persona con la que constituya una unión estable y conviva con análoga relación de afectividad a la conyugal. En el caso de unidades familiares en las que convivan varios perceptores de pensiones no contributivas, sólo podrá percibir el complemento el titular del contrato de alquiler o, de ser varios, el primero de ellos.

Desde Suvipuerto se recuerda que la solicitud de la ayuda se tramita ante la Comunidad Autónoma Andaluza, que tiene atribuida la competencia para la gestión de las pensiones no contributivas de la Seguridad Social. El plazo de solicitud de este complemento para 2012 finalizará el 31 de diciembre.

La acreditación de los requisitos exigidos, así como otros aspectos relacionados con la resolución y, en su caso, devengo y pago del complemento, se sujetarán a lo establecido en el en Real Decreto 1191/2012, de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva.